La PARÁLISIS BRAQUIAL OBSTÉTRICA (PBO) se produce en el periodo perinatal como consecuencia de la lesión de las raíces nerviosas que constituyen el plexo braquial (C5-T1), sus troncos, cordones… en grado variable.

En la gran mayoría de los casos, la parálisis se resuelve de forma espontánea y sin secuelas; en algunos casos, el déficit neurológico se resuelve de forma espontánea pero pueden aparecer secuelas y en un porcentaje de casos, el déficit neurológico permanece. En estos casos, está indicada la CIRUGIA de la PARALISIS BRAQUIAL OBSTETRICA (PBO) para la reparación quirúrgica de la lesión neurológica.

Dependiendo del número de raíces lesionadas, del tipo de lesión y de los hallazgos intraoperatorios se decidirá qué tipo de CIRUGIA de la PARALISIS BRAQUIAL OBSTETRICA (PBO) es más adecuada para cada caso. Habitualmente es necesario recurrir a INJERTOS NERVIOSOS (generalmente del nervio sural) para reconstruir una raíz rota. Estos injertos restablecen la continuidad de la raíz una vez resecada la zona lesionada. Si la raíz está avulsionada de la médula recurrimos a nervios cercanos para, selectivamente, reinervar músculos paralizados; es lo que se conoce como NEUROTIZACIÓN.

El MOMENTO en el que se realiza la cirugía es fundamental para la obtención de los mejores resultados siendo recomendable intervenir a los TRES MESES de edad en las parálisis que afectan a todas las raíces del plexo. En las parálisis que afectan solamente a las raíces más altas, es posible esperar hasta los SEIS MESES de edad por si aparecen signos de recuperación como la flexión de codo contragravedad por contracción efectiva del bíceps braquial.

Es fundamental la valoración del paciente por un CIRUJANO DE PLEXO BRAQUIAL quien decidirá en cada caso cuál es la mejor opción de tratamiento.

Siempre estará indicada la realización de FISIOTERAPIA desde los primeros momentos tras el nacimiento en la que, además del fisioterapeuta, la FAMILIA tendrá un papel fundamental en la realización de ejercicios en casa.

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